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#ÚltimaHora | Suprema Corte abre puerta para garantizar agua potable a habitantes de asentamientos irregulares en México

  • Foto del escritor: Acontecer San Luis
    Acontecer San Luis
  • 12 mar
  • 2 Min. de lectura

**#ÚltimaHora | Suprema Corte abre puerta para garantizar agua potable a habitantes de asentamientos irregulares en México**


La **Suprema Corte de Justicia de la Nación** abrió la puerta para que habitantes de asentamientos irregulares en todo el país puedan acceder al suministro de agua potable, luego de que el Pleno resolviera por unanimidad un amparo que obliga a autoridades a garantizar el derecho humano al agua en su nivel mínimo vital. La decisión busca terminar con décadas de abandono institucional y con los llamados “cacicazgos” o falsos líderes que han lucrado con el control del servicio en comunidades marginadas.


El fallo se originó tras el caso del asentamiento irregular **Los Kilómetros**, ubicado entre **Ciudad Juárez** y **Casas Grandes**, en el estado de **Chihuahua**, donde viven alrededor de **300 mil personas** que durante más de **30 años** han carecido de acceso regular al agua potable. En esa comunidad, el líquido es suministrado únicamente cada **10 o 15 días mediante pipas**, lo que obliga a los habitantes a almacenarlo en tambos y recipientes improvisados.


El proyecto fue presentado por el ministro **Arístides Guerrero García**, quien señaló que las autoridades incurrieron en una **omisión administrativa** al no garantizar el derecho humano al agua, considerado esencial para la vida digna. Los habitantes promovieron el amparo luego de que un juez federal se negara inicialmente a estudiar el caso argumentando que no pudieron acreditar formalmente su residencia al no contar con comprobantes de domicilio.


Durante la discusión, la ministra **Yasmín Esquivel Mossa** subrayó que el acceso al agua no sólo implica disponibilidad, sino también condiciones adecuadas de almacenamiento para evitar contaminación biológica o química que pueda provocar enfermedades. Recordó que el acceso al líquido es una **condición indispensable para derechos fundamentales como la salud, la vivienda y la alimentación adecuada**.


En el debate también participó la ministra **Loretta Ortiz Ahlf**, quien cuestionó el parámetro técnico de **50 litros diarios por persona** como mínimo vital, al señalar que estándares recientes de la **Organización Mundial de la Salud** sugieren que un acceso adecuado suele aproximarse a **100 litros diarios** para cubrir las necesidades básicas de consumo doméstico.


El presidente del máximo tribunal, **Hugo Aguilar Ortiz**, destacó que el crecimiento de las ciudades ha generado nuevos retos en la distribución del agua y que el Estado tiene la obligación de garantizar el suministro a quienes habitan zonas urbanas o conurbadas. No obstante, la ministra **María Estela Ríos González** advirtió que el país enfrenta recursos hídricos limitados, por lo que el acceso universal debe acompañarse de una administración responsable del recurso.


Con esta resolución, la Corte ordenó que las autoridades municipales y estatales actúen de inmediato para establecer mecanismos que permitan suministrar agua potable a comunidades en situación irregular, incluyendo la instalación de **depósitos de almacenamiento masivo**, lo que podría beneficiar a miles de asentamientos en distintas regiones del país.


12 de marzo de 2026.


 
 
 

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